BIENVENIDAS Y BIENVENIDOS AL ARCHIVO(1994-2014) de la Red de Solidaridad de la Maquila. Para información actual sobre nuestro trabajo sobre salario digno, derechos laborales de las mujeres, libertad de asociación, responsabilidad social empresaria y salud y seguridad en Bangladesh visiten nuestro sitio web, lanzado en octubre de 2015 www.maquilasolidarity.org/es
Los gobiernos canadiense, mexicano y estadounidense firmaron el ACLAN, el primer acuerdo internacional sobre asuntos laborales ligado a un tratado internacional de libre comercio, el 14 de septiembre de 1993, que entró en vigencia junto con el tratado principal, el TLCAN el 1º de enero de 1994.
En teoría, según se describe en su pagina web, el ACLAN debería ofrecer "un mecanismo para que los países miembros garanticen la aplicación efectiva de sus leyes y normas laborales internas, tanto actuales como futuras, sin interferir con el funcionamiento soberano de los diferentes sistemas laborales nacionales". El objetivo es "mejorar las condiciones de trabajo y los niveles de vida, y proteger, fortalecer y hacer valer los derechos básicos de los trabajadores" a través de Objetivos, Obligaciones y Principios Laborales a cumplir los cuales están obligados los tres gobiernos signatarios.
En el caso de que un gobierno falle en hacer cumplir sus propias leyes laborales, cualquier organización no gubernamental, individuo, sindicato o empleador puede presentar un reclamo a la Oficina Administrativa Nacional (OAN) de su propio país. Estas Comunicaciones Públicas, como se las denomina, se tratan mediante audiencias no judiciales. En base a sus conclusiones, la OAN tiene luego la opción de recomendar otras acciones a través de Consultas Ministeriales. Si las partes no están satisfechas después de estas negociaciones, la OAN puede requerir que el reclamo sea presentado al Comité Evaluador de Expertos (por asuntos relacionados a los Principios 4-11 del ACLAN) y finalmente a Paneles Arbitrales independientes.
Cuando se negoció el ACLAN, fue considerado por muchos como un intento del recientemente elegido presidente Clinton de justificar la firma del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), contra el cual se había posicionado en su campaña por la falta de estándares laborales cumplibles.
El primer ministro canadiense Jean Chretien había también estado en contra del TLCAN en su campaña electoral, prometiendo renegociar el tratado si su partido ganaba las elecciones.
El reclamo de RSM/CAT/USAS es uno de 28 en los diez años de existencia del ACLAN solo y sólo el segundo caso aceptado por la OAN canadiense. El único otro reclamo investigado por la OAN canadiense fue concerniente al cumplimiento de leyes sobre libertad de asociación y seguridad e higiene en la maquiladora ITAPSA de Ciudad de los Reyes en el Estado de México.
El reclamo fue presentado en abril de 1998 por la oficina canadiense del Sindicato Unido de Metalúrgicos de América (USWA por su sigla en inglés) junto con otros 11 sindicatos y 31 organizaciones interesadas en los tres países y resultó en que Canadá requirió consultas ministeriales con México.
En enero de 2003, el gobierno canadiense anunció que las consultas ministeriales habían concluido, y que Canadá estaba satisfecho de que los problemas de libertad de asociación habían sido satisfactoriamente tratados por las propuestas reformas mexicanas a la legislación laboral, a las cuales se oponen los sindicatos democráticos mexicanos.
Aunque el proceso del ACLAN comprende varias etapas, a la fecha ninguno de los 28 reclamos presentados a las Oficinas Administrativas Nacionales de EE UU, Canadá y México ha resultado en acciones serias más allá de la etapa de consulta ministerial. Según Linda Delp, del Centro UCLA de Investigación y Educación Laboral, "a menos que los gobierno hagan un esfuerzo serio para resolver los problemas en el caso actual [Puebla], el acuerdo paralelo se perderá en el olvido como un fallido experimento de proteger los derechos de los trabajadores en una economía global".