BIENVENIDAS Y BIENVENIDOS AL ARCHIVO(1994-2014) de la Red de Solidaridad de la Maquila. Para información actual sobre nuestro trabajo sobre salario digno, derechos laborales de las mujeres, libertad de asociación, responsabilidad social empresaria y salud y seguridad en Bangladesh visiten nuestro sitio web, lanzado en octubre de 2015 www.maquilasolidarity.org/es
11-05-2005
El 22 de septiembre de 2004, la OAN de Estados Unidos dio a conocer su informe sobre la Comunicación Pública 2003-1 (Puebla), recomendando Consultas Ministeriales con el gobierno mexicano para tratar los temas de libertad de asociación, estándares mínimos de empleo y seguridad e higiene ocupacional. En lo que representa una crítica dirigida al gobierno mexicano, el informe reconoce los prejuicios recurrentes de las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje, afirmando que "...la OAN de Estados Unidos no puede ignorar las similitudes de este caso con presentaciones previas recibidas en relación a la negación del registro sindical en lo que parecieran ser bases técnicas híper detalladas. Las mismas similitudes aparecen también en casos recientes y actuales en México según lo hacen notas los presentantes."
El gobierno mexicano es también criticado por su negativa a participar en reuniones directas con miembros de la OAN de Estados Unidos durante el proceso de revisión de la presentación. El informe concluye con lo siguiente:
"La permanente dificultad de que los sindicatos independientes obtengan derechos de registro, especialmente en el sector de la maquiladora, es apoyado por testimonio creíble de organizaciones no gubernamentales y expertos legales en México. El gobierno de México mismo ha reconocido en varias ocasiones carencias en el proceso de registro de sindicatos, pero, si ha tomado alguna medida para tratar con el asunto, los resultados no son inmediatamente evidentes. Transparencia en el proceso de representación sindical, democracia sindical interna, respuesta a miembros del sindicato, y libertad de los trabajadores para elegir el sindicato que los represente (o elegir no ser representados) son temas importantes planteados en esta presentación que ameritan extender las consultas."
Lee el informe completo en inglés
El 11 de mayo de 2005, la Oficina Administrativa Nacional (OAN) canadiense dio a conocer su Informe de Revisión de la Comunicación Pública CAN 2003-1, recomendando Consultas Ministeriales con el gobierno mexicano para tratar el tema del proceso de inscripción de sindicatos, la imparcialidad e independencia de las junstas laborales, el acceso de los trabajadores a la información sobre sus convenios colectivos, y la protección de los trabajadores contra despidos por organizar un sindicato.
La OAN canadiense no ha requerido todavía Consultas Ministeriales para tratar con las acusaciones de violaciones a estándares de seguridad e higiene ocupacional y estándares mínimos de empleo, estando a la espera de documentación adicional de la OAN mexicana. Una vez que reciba y revise esta información, la OAN canadiense puede dar al Ministerio más recomendaciones.
Al igual que la OAN de EE UU, la OAN canadiense reconoce que los reclamos relacionados con las fábricas Tarrant México y Matamoros Garment son indicativas de un problema sistémico. Según lo declarado en el comunicado de prensa del mismo día, la OAN "reconoce que algunos de los temas han sido planteados en comunicaciones públicas previas y parecieran seguir sin resoluciòn." En el informe se explayan más sobre esta pauta.
"No obstante la pauta general de eventos plantea preocupación sobre si México está en conformidad con las obligaciones del Acuerdo de Cooperación Laboral de América del Norte (ACLAN) de promover el cumplimiento y hacer cumplir efectivamente las leyes laborales nacionales (Artículo 3), y asegurar que los procedimientos administrativos para el cumplimiento de las leyes laborales no sean innecesariamente complicados y no resulten en demoras injustificadas (Artículo 5.1(d). Debe señalarse que preocupaciones similares con respecto a procedimientos de registro fueron identificados en el informe de la OAN de EE UU en la Comunicación Pública US 94-03, y en el informe del Consorcio de los Derechos de los Trabajadores sobre la solicitud de registro del Sindicato Independiente de los Trabajadores de la Empresa Kukdong Internacional de México (SITEKIM) en junio de 2001. Esto indica con claridad que los problemas enfrentados por los sindicatos independientes en relación a la administración de procedimientos de registro de sindicatos en México siguen sin resolución." (5-4)