BIENVENIDAS Y BIENVENIDOS AL ARCHIVO(1994-2014) de la Red de Solidaridad de la Maquila. Para información actual sobre nuestro trabajo sobre salario digno, derechos laborales de las mujeres, libertad de asociación, responsabilidad social empresaria y salud y seguridad en Bangladesh visiten nuestro sitio web, lanzado en octubre de 2015 www.maquilasolidarity.org/es
03-06-2014
Más de 1,000 trabajadoras de las maquilas y organizaciones de apoyo respaldan la Agenda de la Mujeres en el Coloquio del MEC
El 2 de marzo, la Red Centroamericana de Mujeres en Solidaridad con las Trabajadoras de las Maquilas (REDCAM) lanzó públicamente una agenda de derechos laborales para las trabajadoras de la maquila en la región.
El lanzamiento regional se llevó a cabo en Managua, Nicaragua, durante el Coloquio Anual del Movimiento de Mujeres Trabajadoras y Desempleadas, María Elena Cuadra (MEC). En Honduras y Guatemala se realizaron lanzamientos nacionales.
La “Agenda de los Derechos Laborales de Mujeres Trabajadoras de la Industria Maquiladora en Centroamérica” es producto de dos años de consultas con mujeres trabajadoras y organizaciones de mujeres y sindicales en la región centroamericana.
La agenda es respaldada por 14 organizaciones nacionales de mujeres y dos organismos sindicales –el Comité Nacional de Mujeres Sindicalistas de Nicaragua y la Coordinadora Centroamericana de Sindicatos de las Maquilas. El Fondo Centroamericano de Mujeres y la RSM son también signatarias de la agenda.
La RSM está trabajando con algunas de las organizaciones firmantes para presentar la agenda a las marcas internacionales de ropa, y cabildear para que haya cambios en sus políticas y prácticas de estándares laborales, a fin de que se aborden los temas prioritarios para las mujeres trabajadoras de la maquila.
A continuación presentamos en resumen algunas de las principales demandas a gobiernos, manufactureras de confecciones y marcas:
El texto completo en español de la agenda está disponible aquí.
Derecho a un empleo y salario digno
· Crear fondos provisionales para garantizar el pago de las prestaciones laborales a las trabajadoras(es) en caso de cierre de una fábrica.
· Adoptar políticas de acciones afirmativas que prohíban la discriminación en la contratación.
· Prohibir la contratación temporal o por hora de trabajadoras(es), y el uso de horarios de trabajo no regulares para evitar pagar los beneficios correspondientes a horas extra.
· Garantizar los derechos de maternidad de las mujeres, así como la seguridad laboral durante los períodos pre y post natal.
· Hacer cumplir el requisito legal de contar con centros de cuidado infantil en las fábricas.
· Aplicar sanciones a empleadores que descuenten el día o tiempo utilizado por las trabajadoras para asistir a consultas médicas.
· Que el Parlacen Centroamericano promueva la adopción de un salario mínimo acorde a la canasta básica ampliada en cada país, sobre la base del análisis de sus respectivos costos que integren la canasta básica.
Derecho a la salud y seguridad ocupacional:
· Las empresas y gobiernos de la región deben capacitar a su personal y funcionarios, así como a las trabajadoras(es), sobre los riesgos de salud y seguridad derivados de la organización del trabajo en las maquiladoras.
· Los gobiernos deben sancionar a las empresas que no cuenten con comisiones mixtas de seguridad e higiene, que no cumplan con los estándares ergonómicos internacionales y no cumplan con las medidas preventivas requeridas por ley.
· Capacitar a personal de la seguridad social y personal de las clínicas en fábricas en medicina ocupacional.
· Realizar estudios ergonómicos regulares de los puestos de trabajo, y utilizar los resultados para rediseñar los puestos y adecuar los ambientes laborales.
· Mejorar las condiciones físicas y la organización del trabajo para evitar trastornos músculo-esqueléticos.
· Eliminar las modalidades de jornadas laborales 4x4, 3x4 y 5x2 que violentan los derechos a una jornada de 8 horas, a la remuneración de horas extraordinarias y a un ambiente adecuado de trabajo.
· Mejorar las inspecciones de salud y seguridad de los Ministerios de Trabajo, para dar un mayor peso a la opinión de las trabajadoras(es) y prohibir el despido en base a diagnósticos de riesgos laborales.
Derecho a la salud sexual y reproductiva
· Prohibir las pruebas de embrazo y/o VIH como requisito para la contratación o para continuar en el empleo.
· Imponer sanciones a empleadores que exijan pruebas de embarazo como requisito para acceder a un trabajo o que discriminen contra las mujeres por razones de embarazo o maternidad.
· Asegurar que las mujeres embarazadas no sean forzadas a realizar tareas que puedan causarles daños a ellas o sus bebés.
· Asegurar que las trabajadoras tengan derecho al subsidio por maternidad establecido por ley, y a volver a reintegrarse a su trabajo cuando finaliza el subsidio, sin la amenaza de despido o la no renovación de su contrato.
Derecho a la seguridad social
· Realizar inspecciones continuas para asegurar que los empleadores respeten el derecho de las trabajadoras(es) a estar afiliadas y tener acceso a los servicios de seguridad social y de salud.
· Supervisar el desempeño de las clínicas de salud privadas en las fábricas, para evitar que el servicio que prestan sea de baja calidad, o que introduzcan cobros no permitidos y que sustituyan el acceso a la seguridad social con clínicas privadas.
· Garantizar que el personal que trabaja en los servicios de salud de las empresas no este influido por sus relaciones económicas o de otro tipo con el empleador.
Derecho a la no violencia laboral y acoso sexual
· Mejorar la coordinación entre los ministerios e institutos pertinentes para atender denuncias de las mujeres trabajadoras de la maquila, relativas a violencia (física, verbal, sexual, psicológica y económica) en el lugar de trabajo.
· Mejorar los mecanismos de prevención y sanción del acoso sexual, acoso laboral y cualquier hecho de violencia en contra de las mujeres trabajadoras, y proporcionarles instrumentos legales efectivos para abordar esos abusos.
· Mejorar los mecanismos internos de denuncia en las empresas sobre el acoso sexual y otras formas de acoso y violencia contra las mujeres, y promover campañas informativas entre el personal de las fábricas.
· Desarrollar estrategias de divulgación entre trabajadoras de la maquila para promover y atender de manera eficiente la denuncia de abusos.
· Promover cambios legislativos para facilitar que los empresarios adopten medidas de seguridad física, como infraestructura y alumbrado público, para prevenir la violencia contra las mujeres.
· Las instituciones del sistema de justicia penal y las Instituciones policiales de la región centroamericana deben garantizar la formación del personal que atienden las investigaciones y tramitación de los procesos relativos a violencia laboral, acoso sexual y laboral en contra de mujeres trabajadoras, y garantizar la calidad en la atención y la no re victimización.
· Asegurar que el personal de gerencia reciba capacitación sobre estos delitos y cómo prevenirlos en el ámbito laboral.
Derecho a la capacitación y asistencia técnica
Asegurar que las instituciones de educación elaboren programas diseñados para Mujeres trabajadoras, para darles la oportunidad de seguir carreras técnicas y de nivel superior.